Policía Local
Datos generales
- Dirección: Avda. Familia Pascual Duarte, 1 29320 Campillos
- Teléfono: 952722 362 - 629 668 282
- Fax: 952 722 791
- Correo electrónico: policialocal@campillos.es
Las principales funciones que tiene encomendadas la Policía Local, ya sea en materia administrativa o judicial, básicamente vienen reflejadas en la Ley Orgánica de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad 2/86 y en la Ley de Bases de Régimen Local:
La LOFCS, en su artículo 53, indica que:
1. Los cuerpos de Policía Local deberán ejercer las siguientes funciones:
- Proteger a las autoridades de las corporaciones Locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
- Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
- Instruir atestados por accidente de circulación dentro del casco urbano.
- Policía Administrativa, en lo relativo a las Ordenanzas, Bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
- Participar en las funciones de Policía Judicial, en la forma establecida en el artículo 29.2 de esta Ley.
- La prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.
- Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las Juntas de Seguridad.
- Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la Policía de las Comunidades Autónomas en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sea requerido para ello.
- Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.