El Ayuntamiento abre una convocatoria de ayuda económica para autónomos y empresas locales afectadas por las circunstancias derivadas de la pandemia del COVID-19
La subvención anunciada por el consistorio forma parte de una partida de 70.000€, incluida en el presupuesto municipal aprobado el pasado 30 de junio, para ayudar a los autónomos y empresas de la localidad a aliviar su situación económica mermada por la crisis sanitaria del COVID-19.
La cuantía de concesión será de un máximo 300 euros, en concepto de ayuda del pago de la cuota de autónomo del mes de abril de 2020 y se concederá una ayuda por empresa.
Mª Antonia Domínguez, primera teniente de alcalde y concejala de comercio, desarrollo local y empleo declara que se pretende ayudar al sector económico y paliar los efectos negativos de esta crisis sanitaria que todavía estamos sufriendo. Además, explica: “Es una línea de subvención directa en la que desde el ayuntamiento se pretende subvencionar la cuota de autónomo del periodo de abril del año 2020. Desde el ayuntamiento demostramos una vez más nuestro compromiso por ayudar y apoyar al sector comercial y empresarial de Campillos”.
Por ello asume que el ayuntamiento apoya a los empresarios y al sector comercial.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los trabajadores y las trabajadoras autónomas, con residencia y domicilio fiscal en Campillos, dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en la mutualidad alternativa correspondiente, a la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma causado por el COVID-19, manteniendo dicha alta, de forma ininterrumpida, hasta la fecha de presentación de la solicitud de esta ayuda.
Los requisitos para ser beneficiario son los siguientes:
- Estar empadronado/a y con domicilio fiscal en el municipio de Campillos.
- Estar al corriente de pago en la seguridad social.
- No tener deudas contraídas en el Ayuntamiento de Campillos.
- Haber visto cesada la actividad de manera obligatoria como consecuencia del Estado de Alarma. Es decir, pertenecer a sectores no esenciales conforme al decreto de Estado de Alarma emitido por el Gobierno en marzo de 2020 o pertenecer a sectores considerados esenciales y haber sufrido al menos un 40% de pérdidas con respecto al mismo periodo del año anterior.
- Estar en situación de alta desde el decreto de Estado de Alarma de 2020 hasta la fecha actual.
La documentación a aportar es:
- Volante de empadronamiento.
- Copia del recibo de cuota de autónomo del mes de abril de 2020.
- Documento que certifique que sigue de alta hasta la fecha de manera ininterrumpida.
- Certificación de que la empresa tiene domicilio fiscal en Campillos.
- En el caso de ser actividad considerada esencial certificación de la pérdida de ingresos y diferencia con respecto al mismo periodo del año anterior.
El plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones será desde el día 2 hasta el 17 de agosto, ambos incluidos. Las solicitudes serán aceptadas con la documentación solo a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Campillos.
Pinche aquí para consultar las bases íntegras de esta convocatoria.