Esta web utiliza cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar la visita, aunque en ningún caso se utilizan para recoger información de carácter personal.

Más información

El Ayuntamiento informa: programa de ayudas para el apoyo a la contratación de personas desempleadas de larga duración

Ayuntamiento de Campillos  • webmaster@campillos.es  • 952 722 168
Ayuntamiento de Campillos
Ayuntamiento de Campillos  • webmaster@campillos.es  • 952 722 168

Noticias


El Ayuntamiento informa: programa de ayudas para el apoyo a la contratación de personas desempleadas de larga duración

El Ayuntamiento de Campillos pone en conocimiento público que el plazo de solicitud para participar en la convocatoria de subvenciones correspondientes al programa de ayudas para el apoyo a la contratación de personas desempleadas de larga duración 2018, finaliza el próximo 1 de octubre. Esta iniciativa, promovida por la Diputación Provincial de Málaga, va dirigida a empresas, profesionales y autónomos que contraten a personas desempleadas de larga duración mayores de 30 años.

¿Quiénes pueden solicitar  subvención?

Las empresas (entendidas como tales las entidades mercantiles con ánimo de lucro, incluidas a este respecto las cooperativas de trabajo), los autónomos y profesionales.

Toda la información referente a esta convocatoria de subvenciones, en concurrencia no competitiva, por orden de presentación de solicitud, se encuentra recogida en las Bases Reguladoras, publicadas en BOPMA el pasado 5 de junio y en la convocatoria, aprobada por Junta de Gobierno el día 20 de junio de 2018 y el extracto se publica en BOPMA el día 31 de julio de 2018.

Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes, se iniciará al día siguiente al que se publique en el BOPMA el extracto de la Convocatoria y permanecerá abierto hasta agotar el presupuesto disponible y, en todo caso, por un plazo máximo de dos meses desde su publicación aun cuando no se hubiera agotado aquel. (Desde 1 de agosto hasta 30 de septiembre de 2018).

Requisitos generales para solicitar estas subvenciones:

 Desarrollar su actividad en centro de trabajo sito en Málaga y/o provincia.
 No haber sido condenada por sentencia judicial firme o sancionada por la autoridad laboral competente en materia de riesgos laborales; por prácticas laborales discriminatorias o por despido improcedente o nulo.
 Estar de alta, en el momento de la solicitud, en seguridad social como empleador/a.
 Que la persona contratada no sustituya a trabajadores/as que hubiesen estado contratados/as en los tres meses anteriores en la empresa bajo la misma modalidad contractual para ocupar el mismo puesto de trabajo, salvo que aquellas relaciones laborales se hubiesen extinguido por alcanzar la duración máxima prevista en la legislación laboral aplicable.

Requisitos que deben cumplir las personas contratadas:

 Estar empadronado en Málaga o algún municipio de la provincia.
 Estar inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo como demandantes de empleo en situación de desempleo de larga duración en el momento de la solicitud.
 Tener cumplidos 30 años o más en el momento de la solicitud.
 Que no tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive del empresario autónomo, profesional o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración, gobierno o representación de las empresas que revistan forma jurídica de sociedad mercantil con ánimo de lucro, incluidas a este respecto las cooperativas de trabajo, que vayan a ser beneficiarias de las subvenciones previstas en este programa.

Forma de presentación de solicitudes:

La presentación de solicitudes, con la documentación requerida deberá realizarse en los términos establecidos en la convocatoria de la subvención y el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación que se ha de presentar:

Las personas interesadas en participar en la presente convocatoria deberán presentar en todo caso la solicitud de subvención nornalizada en al Anexo I de la convocatoria, así como la documentación indicada en el punto F) de la misma. Además, aquellos solicitantes que actúen en representación de entidades mercantiles con ánimo de lucro, incluidas las cooperativas de trabajo, deberán aportar el Anexo II de la convocatoria.

Importe a subvencionar:

La cuantía de la subvención variará en función de que el contrato a realizar sea indefinido o temporal:

IMPORTE (1) SEGÚN TIPO DE CONTRATO (2)
PERSONAS DESEMPLEADAS LARGA DURACIÓNINDEFINIDOTEMPORAL
Mayores de 30 hasta 44 años10.000 € (3)Hasta 6.400 € (4)
De 45 años y más 13.000 € (3)Hasta 9.600 € (5)

(1) Las cuantías irán destinadas a subvencionar salario y seguridad social de la persona contratada.
(2) Para los contratos a media jornada, la cuantía se reduce al 50% en relación a los contratos a jornada completa.
(3) Obligación de mantener el contrato por un período total de 2 años.
(4) Cuantía mínima subvencionable de 4.000 € para contratos temporales con una duración de 6 meses, más 400 €/mes a partir del 6º mes, con un período máximo de 12 meses.
(5) Cuantía mínima subvencionable de 6.000 € para contratos temporales con una duración de 6 meses, más 600 €/mes a partir del 6º mes, con un período máximo de 12 meses.

El coste total de la contratación en concepto de salarios y cuota patronal de la Seguridad Social no podrá ser inferior a la subvención concedida y, en su caso, a la que conjuntamente puedan conceder otras Administraciones Públicas, de conformidad con el artículo 19.3 la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El abono de la subvención se realizará con carácter anticipado a la justificación una vez aprobada la resolución de concesión y acreditada la efectividad de la contratación objeto de subvención, previa comprobación de que el beneficiario se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con Hacienda, la Seguridad Social y la Diputación Provincial.

El programa contempla hasta un máximo de tres contratos por beneficiario/a, para contratación de carácter indefinido o temporal, en los términos establecidos en las bases reguladoras de la subvención.

La contratación se realizará en un plazo de 15 días siguientes de la notificación de aprobación de la subvención.

Más información:

Para cualquier consulta pueden llamar a los teléfonos 952 069 367 – 952 069 369 o mediante e-mail a desempleadoslargaduracion@malaga.es.